Estatutos
Aprobados por la CPAL en Junio de 2007
DE LA NATURALEZA DE LA FEDERACIÓN Y SUS MIEMBROS
Art. 1. La Federación Latinoamericana de Colegios de la Compañía de Jesús -FLACSI- es un organismo de carácter internacional sin fines de lucro, dependiente de la Conferencia de Provinciales de la Compañía de Jesús de América Latina (CPAL).
Art. 2. Serán miembros de propio derecho de esta Federación todas las Asociaciones de Instituciones de Educación Inicial, Escolar Básica (Primaria/Secundaria) y de Educación Media, en sus diversas formas, oficialmente reconocidas en el ámbito de la Provincias o Regiones de la Compañía de Jesús en América Latina.
Son miembros asociados los Centros de estudios, formación e investigación pedagógica de la Compañía de Jesús en América Latina, que expresen su deseo de pertenecer a la Federación y que sean admitidos como tales a ella.
OBJETIVOS
Art. 3. Los objetivos de esta Federación son los siguientes:
3.1. Promover el sentido de cuerpo apostólico en la misión educativa de la Compañía de Jesús en América Latina, de modo que se asegure el objetivo evangelizador y la identidad ignaciana de las Instituciones afiliadas.
3.2. Favorecer una mayor integración de sus miembros entre sí y con otras organizaciones e instituciones educativas de la Compañía, a nivel interprovincial, para contribuir al mejor cumplimiento de los objetivos específicos de dichas instituciones en el campo apostólico de la educación.
3.3. Impulsar la formación integral de las personas que constituyen las Comunidades Educativas de las instituciones federadas para que éstas puedan contribuir a la evangelización y a la transformación de la realidad social, así como a la realización del ideal de una sociedad más justa, fraterna y solidaria, inspiradas por el amor preferencial por los pobres.
3.4. Promover el intercambio de experiencias, conocimientos, innovaciones y recursos, y organizar proyectos conjuntos, para lograr una mejor calidad de nuestro esfuerzo educativo, coherente con las Características de la Educación de la Compañía de Jesús, el Proyecto Educativo Común y con los objetivos apostólicos de la misma en América Latina.
3.5. Propiciar la reflexión sobre la Pedagogía Ignaciana en el quehacer educativo y su implementación en cada una y en el conjunto de las entidades federadas.
3.6. Asegurar en la medida de lo posible la presencia y participación de la Federación y sus miembros en los diferentes organismos, asociaciones, fundaciones y entidades, dentro y fuera de la Iglesia, relacionadas con la tarea educativa en América Latina y en el ámbito internacional y mundial, que puedan contribuir al logro de los objetivos que se pretenden.
ÓRGANOS DE GOBIERNO
Art. 4. Los órganos de gobierno de la Federación son la Asamblea General y el Consejo Directivo.
Art. 5. La Asamblea General es la máxima autoridad de la Federación.
Art. 6. La Asamblea General está constituida por:
Miembros que participan con derecho a voz y voto:
- El Presidente de la CPAL o su Delegado
- El Presidente
- El Vice-Presidente
- El Secretario
- Los representantes de las Asociaciones miembros, debidamente acreditados.
Miembros que participan con derecho a voz, pero sin voto:
- El Coordinador del sector educativo de la CPAL
- Los representantes de los miembros asociados
- Los representantes de AUSJAL y FE Y ALEGRÍA
- Otros invitados, sea por la misma Asamblea o por el Consejo Directivo, después de consultar a la Asamblea.
Art. 7. La Asamblea General se reúne de ordinario cada año, convocada por el Presidente del Consejo Directivo. En forma extraordinaria, cuando la convoque el Presidente a pedido o con la aprobación de una tercera parte de los miembros federados, o a pedido de la CPAL, por medio de su Presidente. La antelación con que deberán ser convocadas esas reuniones será determinada por reglamento.
Para que la Asamblea General se considere válidamente constituida deben estar presentes la mitad más uno de sus miembros de propio derecho. Si un mes antes de la reunión se prevé que ese quórum no será alcanzado, el Presidente, o quien de derecho la convoque, fijará otra fecha para la reunión, después de las necesarias consultas.
Art. 8. Preside la Asamblea General el Presidente del Consejo Directivo o en ausencia de éste, el Vice-Presidente. En ausencia de ambos, el representante de la Federación de la Provincia que acoge la Asamblea.
Art. 9. El Consejo Directivo está formado por el Presidente, el Vice-Presidente y el Secretario.
Art. 10. El Presidente y el Vice-Presidente son nombrados por el Presidente de la CPAL, después de consultar a los miembros de la CPAL y, en particular, a los Superiores Mayores de los interesados, de entre la cuaterna de nombres propuestos por la Asamblea General. El Secretario también será nombrado por el Presidente de la CPAL de una terna propuesta por la Asamblea General y después de consultar a su Superior Mayor. Todos ellos, bien sean jesuitas y/o laicos, son nombrados para sus respectivos cargos por un período de tres años, pudiendo ser reelegidos hasta por un período más.
Capítulo IV
DERECHOS, DEBERES Y FUNCIONES DE LA ASAMBLEA
Y DE SUS MIEMBROS
Art.11. Tienen voz y voto: el Presidente, el Vice-Presidente y el Secretario del Consejo Directivo, el Presidente de la CPAL o su delegado, y los representantes de las Asociaciones miembros, debidamente acreditados. Tienen voz pero no voto: todos los demás participantes de la Asamblea.
Art.12. Las Asociaciones miembros pagarán una cuota anual de membresía, para la manutención de la Federación, de acuerdo a la aprobación de la Asamblea General, y proveerán oportunamente por los gastos extraordinarios.
Art. 13. Funciones de la Asamblea General:
13.1. Dicta sus Reglamentos.
13.2. Define las políticas de la Federación, que someterá a la aprobación de la CPAL por medio de su Presidente.
13.3. Propone a la CPAL los nombres para la designación de los miembros del Consejo Directivo, de acuerdo con el procedimiento indicado en el Art. 10.
13.4. Aprueba o rechaza los informes del Consejo Directivo.
13.5. Estudia y resuelve los asuntos que le encomiende el P. General, o por su delegación el Secretario para la Educación de la Compañía, a través del Presidente de la CPAL.
13.6. Aprueba las proposiciones que a nombre de la Federación se presenten al Presidente de la CPAL.
13.7. Aprueba, si corresponde, programas o proyectos de naturaleza interprovincial y comunes de la Federación, y los somete a la aprobación de la CPAL cuando fuere necesario.
13.8 Aprueba los presupuestos, balances, montos de las cuotas y gastos extraordinarios de la Federación.
Art.14. Funciones del Consejo Directivo:
14.1. Ejecuta los acuerdos de la Asamblea.
14.2. Desempeña la gestión ordinaria de la Federación.
14.3. Prepara y convoca las Asambleas Generales.
14.4. Realiza los estudios pertinentes por sí mismo o mediante el nombramiento de comisiones especiales.
14.5. Mantiene informados a los miembros federados y a la CPAL, mediante el Presidente y/o el Secretario, con comunicaciones periódicas.
14.6. Fomenta reuniones y seminarios regionales.
14.7. Favorece el intercambio que potencie los recursos de los federados.
14.8. Procura financiamiento para el logro de los objetivos de la Federación.
14.9. Establece relaciones con instituciones afines.
14.10. Interpreta los Estatutos por encargo de la Asamblea General y de acuerdo con lo estipulado en el Art. 19.
14.11.Se reúne al menos una vez al año, en forma ordinaria antes o después de la Asamblea General, y de manera extraordinaria cuando fuere necesario.
14.12. Se mantiene informado sobre la situación y desarrollo del apostolado educativo en cada Provincia o Región.
14.13. Promueve una mayor colaboración e integración entre los miembros de FLACSI y de ésta con las otras Asociaciones e instituciones del sector de educación, especialmente AUSJAL y la Federación Internacional FE Y ALEGRÍA, y con otros sectores de la CPAL.
14.14. Mantiene relaciones constantes con la CPAL y le comunica los acuerdos tomados por la Asamblea General, para su consideración, complemento y aprobación.
14.15. Fomenta el diálogo e intercambio de ideas y experiencias con los sectores educativos de otras Asistencias o Conferencias de Provinciales, directamente y/o mediante el Secretariado Educativo de la Compañía en Roma.
Art. 15. Funciones del Presidente:
15.1 Preside la Asamblea General.
15.2 Representa la Federación.
15.3 Tiene la facultad de delegar la representación de la Federación (debidamente acreditada) ante todo género de autoridades, instituciones y/o acontecimientos.
15.4 Tiene la última responsabilidad administrativa y financiera de la Federación.
15.5 Presenta el presupuesto a la consideración de la Asamblea.
15.6 Convoca oportunamente la Asamblea General en nombre del Consejo Directivo.
15.7. Es responsable de que se ejecuten los acuerdos de la Asamblea.
15.8. Rinde informes de actividades a la Asamblea General.
15.9 Da cuenta a la Asamblea de su administración y, por medio del Secretario, presenta el balance y el estado financiero de la Federación, para su aprobación, al final de cada ejercicio.
15.10 Está facultado para abrir cuentas bancarias, autorizar firmas y suscribir acuerdos convenios o proyectos con y ante instituciones financieras y organismos nacionales e internacionales.
Art. 16. Funciones del Vice-Presidente
16.1 Sustituye al Presidente en caso de ausencia temporal. En caso de ausencia definitiva lo sustituye hasta la próxima Asamblea General.. A su vez su cargo será cubierto por un nombramiento del Presidente de la CPAL, también hasta la próxima Asamblea.
16.2. Representa a la Federación en los asuntos delegados por el Presidente.
Art. 17. Funciones del Secretario
17.1. Levanta actas y relación de acuerdos, por sí o por otros, y previa aprobación del Presidente, los hace llegar a los federados.
17.2. Es el responsable de los archivos de la Federación.
17.3. Envía copia de los documentos del balance y del estado financiero a la CPAL, para su información y eventual parecer.
Art.18. La sede oficial de la Federación.
18.1. La Federación Latinoamericana de Colegios de la Compañía de Jesús (FLACSI) fija su sede oficial en la misma sede de la Presidencia de la CPAL y de su Equipo Central, situada en Rua São Clemente, número 226 (Casa Anchieta) de Río de Janeiro, en Brasil.
18.2. En dicha sede se asentarán los archivos y documentos oficiales de la Federación.
INTERPRETACIÓN Y MODIFICACIONES DE LOS ESTATUTOS
Art. 19. Corresponde a la Asamblea, o por su delegación al Presidente, interpretar auténticamente los presentes Estatutos y resolver las dudas que ocurran en su aplicación, en consonancia con las directrices recibidas de la CPAL.
Art. 20. Para las Asambleas no expresamente convocadas para reforma de Estatutos, pueden proponer cambios a los mismos el Consejo Directivo o al menos dos miembros de propio derecho, que entreguen al Consejo Directivo por escrito su propuesta con dos meses de anterioridad a la fecha fijada para la siguiente Asamblea General.
Art. 21. Para que un cambio de los Estatutos tenga validez deberá ser aprobado por las dos terceras partes de los miembros de propio derecho presentes en la Asamblea General válidamente constituida. Los cambios deberán ser refrendados por la CPAL.
DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN.
Art. 22. La disolución y consiguiente liquidación de FLACSI compete a la CPAL, después de recibir propuesta en ese sentido de la Asamblea General, aprobada por dos terceras partes de los miembros de propio derecho. En este caso, los bienes de la Federación quedarán a disposición de la CPAL.
Reforma aprobada por la 15ª Asamblea de la CPAL, el día 15 de Junio de 2007 en Montevideo, Uruguay.





